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Agua y Recursos Marinos

Protección de la calidad del agua, uso sostenible del agua y preservación de la salud de los ecosistemas marinos y de agua dulce.

El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos es el tercer objetivo medioambiental de la Taxonomía de la UE. Este objetivo aborda la degradación de las masas de agua y los ecosistemas marinos causada por la contaminación, la sobreexplotación, las modificaciones físicas y la introducción de especies invasoras. Se basa en los objetivos establecidos por la Directiva Marco del Agua de la UE, la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina y el Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las Naciones Unidas sobre la vida submarina.

Una actividad económica puede realizar una contribución sustancial a este objetivo a través de varias vías. Estas incluyen la protección del medio ambiente frente a los efectos adversos de los vertidos de aguas residuales urbanas e industriales; la mejora de la calidad del agua mediante la reducción de contaminantes; la mejora de la eficiencia en el uso del agua; la garantía de una captación y suministro sostenible de agua dulce; el mantenimiento del caudal ecológico de los ríos; la protección de las aguas marinas frente a contaminantes; y la habilitación del uso sostenible de los servicios ecosistémicos marinos. El Acto Delegado Medioambiental de junio de 2023 define los criterios técnicos específicos de selección para las actividades que contribuyen a este objetivo.

Los criterios técnicos bajo este objetivo están estrechamente vinculados al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente de la UE, pero van más allá al exigir que las actividades demuestren un rendimiento superior a los mínimos regulatorios. Por ejemplo, las actividades relacionadas con el suministro de agua deben cumplir con puntos de referencia de eficiencia y reducir las tasas de fugas, mientras que las relacionadas con el tratamiento de aguas residuales deben alcanzar niveles de eliminación de contaminantes que superen los estándares mínimos de la Directiva sobre el Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas. Las actividades en sectores como la acuicultura, la desalinización y la protección contra inundaciones deben demostrar que no dañan los ecosistemas marinos y de agua dulce.

Las empresas cuyas actividades son elegibles bajo este objetivo también deben cumplir los criterios DNSH para los cinco objetivos restantes. Para los recursos hídricos y marinos, el requisito DNSH al evaluarse frente a otros objetivos implica típicamente el cumplimiento de los permisos medioambientales, la evitación de la introducción de sustancias peligrosas en las masas de agua y la garantía de que la captación de agua no comprometa el estado ecológico de las masas de agua conectadas. La interacción entre este objetivo y la adaptación es particularmente relevante para los proyectos de infraestructura costera y fluvial.

Explorar todos los objetivos

Comprenda cómo los seis objetivos interactúan para definir la sostenibilidad medioambiental.